Facturación Electrónica Archivos - Vive tu Empresa Todo para tu empresa y desarrollo empresarial Fri, 13 Oct 2017 19:54:06 +0000 es hourly 1 Timbrado Fiscal de la Contabilidad Electrónica con los mejores PAC´S https://www.vivetuempresa.com/empresa-y-entorno/contabilidad-electronica/timbrado-fiscal-la-contabilidad-electronica-los-mejores-pacs Fri, 13 Oct 2017 14:00:21 +0000 http://www.vivetuempresa.com/?p=13918 Te damos una lista con los Proveedores Autorizados de Certificación para reforzar la seguridad de tus reportes con un timbre fiscal

La entrada Timbrado Fiscal de la Contabilidad Electrónica con los mejores PAC´S aparece primero en Vive tu Empresa.

]]>
Los reportes de Contabilidad Electrónica que deben ser enviados al SAT, pueden ser reforzados con el timbre fiscal de un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) habilitado para llevar a cabo tal servicio por el SAT.

Los reportes que constituyen la Contabilidad Electrónica pueden ser entregados al SAT en su formato “.zip” por medio del Buzón Tributario que cuenta con esta funcionalidad.

Estos reportes, pueden ser reforzados en su seguridad mediante la adición de un timbre fiscal que es un servicio que prestan los Proveedores Autorizados de Certificación.

A continuación, y tomando en cuenta las estadísticas publicadas por el SAT al cierre de mayo de 2017, le proporcionamos la lista y el sitio donde puede contactar a cualquiera de los 10 PAC líderes en volumen de timbres fiscales emitidos en forma acumulada a esa fecha.

Estas empresas están a su servicio en forma directa para poder timbrar sus reportes de Contabilidad Electrónica si usted así lo decide, o bien, por medio de las empresas integradoras de Soluciones asociadas a la AMITI quienes agregan a sus sistemas los Servicios de Timbrado de estas empresas (www.amiti.org.mx)

Lista de los 10 PAC líderes por volumen de CFDI timbrados en forma acumulada al 31 de mayo de 2017.

Fuente: Servicio de Administración Tributaria (SAT)

Lugar Nombre de la empresa Sitio Internet CFDI timbrados acumulados a Mayo de 2017
1 CECOBAN www.cecoban.org.mx 3,389,214,125

 

2 INTERFACTURA www.interfactura.com 2,614,509,353

 

3 BBVA Bancomer www.bancomer.com.mx 2,062,537,154

 

4 CONTPAQ i® www.contpaqi.com 1,398,217,365

 

5 Edicom www.edicomgroup.com/mx 851,187,126

 

6 Diverza www.diverza.com 760,804,576

 

7 Pegaso Digital www.pegasotecnologia.com 612,983,043

 

8 Reachcore www.reachcore.com 612,450,297

 

9 Comercio Digital www.comercio-digital.mx 587,712,443

 

10 Konesh/Aspel www.konesh.com.mx 557,590,854

 

La entrada Timbrado Fiscal de la Contabilidad Electrónica con los mejores PAC´S aparece primero en Vive tu Empresa.

]]>
El ABC de la Contabilidad Electrónica https://www.vivetuempresa.com/empresa-y-entorno/contabilidad-electronica/abc-la-contabilidad-electronica Wed, 11 Oct 2017 14:00:01 +0000 http://www.vivetuempresa.com/?p=13924 Para dar claridad a los reportes de Contabilidad Electrónica, proporcionamos el resumen paso a paso de los detalles a seguir para cumplir con esta obligación

La entrada El ABC de la Contabilidad Electrónica aparece primero en Vive tu Empresa.

]]>
Con objeto de dar claridad al tipo y frecuencia de los reportes de Contabilidad Electrónica que los contribuyentes deben presentar, proporcionamos el resumen paso a paso de los detalles a seguir para cumplir con esta obligación fiscal.

Los 3 reportes que constituyen la Contabilidad Electrónica son:

  • Catálogo de Cuentas
  • Balanza de Comprobación
  • Pólizas del Periodo

A continuación, la información que corresponde a cada uno de estos reportes.

Catálogo de Cuentas:

Este reporte se debe entregar a segundo nivel excepto cuando el ERP o Sistema Administrativo no tenga la estructura por niveles. En esos casos, es aceptable entregar este reporte a primer nivel.

Un reporte de Catálogo de Cuentas a segundo nivel significa que el catálogo se debe reportar a nivel mayor y subcuenta.

A las cuentas se debe agregar su naturaleza, deudora o acreedora, y un número de código agrupador según corresponda de acuerdo con el catálogo publicado por el SAT en el Anexo 24 de la RMF 2017.

Ejemplos:

Código Agr.   Descripción                                                               Nivel     Naturaleza

102     Bancos                                                                    1            A

102.1 Cuentas en Moneda Nacional                2            A

102.2 Cuentas en Moneda Extranjera              2            A

Usando este mismo caso, dependiendo de la forma como se tenga estructurado el catálogo, podría verse el reporte de la siguiente manera

Código Agr.   Descripción                                                               Nivel     Naturaleza

102     Bancos                                                                    1         A

102.12 BBVA Bancomer MN                               2         A

102.2 Banamex USD                                         2         A

Los datos se deben expresar en formato XML siguiendo el esquema de acuerdo con las especificaciones técnicas publicadas por el SAT en el anexo aquí referido.

Se deberán agregar los datos de: versión, RFC, mes y año del mes por el cual se emita el reporte de Catálogo de Cuentas.

Una vez que se tengan en formato XML, se deben concatenar en un formato “.zip” y enviarlo al SAT por medio del Buzón Tributario en su ruta:

Servicios y Contabilidad Electrónica.

Este reporte se debe presentar cada vez que haya alguna modificación al Catálogo de Cuentas entregado por primera vez dentro del mes en que se haya hecho la modificación y que afecta en consecuencia la estructura de cuentas tanto en el catálogo como en la balanza de comprobación; por esta razón, es altamente conveniente estructurar el reporte a Segundo Nivel y evitar de esta forma que cualquier adición a las cuentas colectivas como son los clientes, proveedores, acreedores y otras de la misma naturaleza, provoquen estar haciendo envíos frecuentes al SAT.

Balanza de Comprobación:

Este reporte se debe presentar con una frecuencia mensual. Para las personas morales, dentro de los primeros TRES días del segundo mes posterior al que se está reportando. Es decir, el reporte del mes de agosto de 2017 se deberá enviar dentro de los primeros 3 días del mes de octubre del mismo año.

Para las personas físicas, el plazo de entrega se amplía a los primeros CINCO días del segundo mes posterior al que se está reportando.

La balanza de comprobación sigue los mismos criterios de estructura de un balance general y estado de resultados en conjunto. Por ello, incluye los grupos de cuentas de

  • Activo
  • Pasivo
  • Capital
  • Ingresos
  • Costos
  • Gastos
  • Resultado integral de financiamiento
  • Cuentas de orden

La balanza de comprobación se debe presentar en forma mensual, aun cuando no llegase a tener movimientos y se debe incluir un saldo inicial, los movimientos deudores, acreedores según corresponda, y un saldo final correspondiente al mes que se está reportando

Las cuentas de la balanza de comprobación deben seguir la misma identificación que se haya hecho en el catálogo de cuentas incluyendo el código agrupador según corresponda de acuerdo con el catálogo publicado por el SAT en el Anexo 24 de la RMF 2017

Los datos se deben expresar en formato XML siguiendo el esquema de acuerdo con las especificaciones técnicas publicadas por el SAT en el Anexo aquí referido.

Se deberán agregar los datos de: versión, RFC, mes y año del mes por el cual se emita el reporte de Balanza de Comprobación.

Una vez que se tengan en formato XML, se deben concatenar en un formato “.zip” y enviarlo al SAT por medio del Buzón Tributario en su ruta:

Servicios y Contabilidad Electrónica.

Ejemplo:

Código Agr.   Descripción                                  Saldo Inicial        Debe               Haber         Saldo Final

102           Bancos                               5,000,000.00   750,000.00 850,000.00     4,900,000.00

102.1        BBVA Bancomer MN        3,000,000.00              500,000.00   450,000.00   3,050,000.00

102.2        Banamex USD                 2,000,000.00              250,000.00   400,000.00   1,850,000.00

Pólizas del Periodo:

El reporte de Pólizas del Periodo se refiere a los documentos internos donde se registran las operaciones desarrolladas por el contribuyente en la que se relacionan la información y datos necesarios para su identificación. Las pólizas deberán permitir la identificación del Comprobante Fiscal asociado a la transacción.

Las pólizas del periodo no son un reporte que se tenga que entregar con una periodicidad dada, los casos en los que el contribuyente deberá entregar este reporte son los siguientes:

  • En caso de que el SAT lo requiera cuando se lleva a cabo una solicitud de devolución o compensación de impuestos
  • En caso de que el auditor lo solicite cuando se lleve a cabo una revisión de gabinete
  • Cuando el auditor lo solicite como parte de las tareas de revisión en una visita domiciliaria
  • Al efectuar una revisión al dictamen fiscal o por efectos de una revisión electrónica

Las pólizas deben de contener los detalles por transacción, cuenta, subcuenta y partida. Deben de identificarse los CFDI de la operación, los impuestos y RFC de terceros, en caso de que aplique.

La información del reporte de Pólizas del Periodo se puede simplificar mediante la emisión del reporte auxiliar de Folios de Comprobación Fiscal que relacione los CFDI emitidos en el periodo.

Los datos se deben expresar en formato XML siguiendo el esquema de acuerdo con las especificaciones técnicas publicadas por el SAT en el anexo aquí referido, específicamente en los incisos C y D.

Recomendamos revisar con detalle el Anexo 24 en sus incisos C y D por la amplitud del tipo de información que debe contener el reporte de Pólizas del Periodo. Por lo pronto, es importante mencionar que se deben agregar los datos de: versión, RFC, mes y año del mes por el cual se emita el o los reportes aquí referidos.

La información que se debe entregar al SAT como parte del reporte de Pólizas del Periodo, requiere de un análisis pormenorizado que es imposible detallar en este artículo. Lo más importante es tener la capacidad de identificar al proveedor confiable que le puede ayudar en el proceso de emisión de estos reportes.

Esta publicación le proporciona información que le permitirá identificar una amplia diversidad de empresas que cuentan con esta experiencia, mismas que pondrán a su servicio las herramientas que le permitan cumplir con estas obligaciones de una manera sencilla, expedita y económica.

Me pongo a sus órdenes para atender sus dudas. Maricela.sanchez@indiciumsolutions.com.mx

La entrada El ABC de la Contabilidad Electrónica aparece primero en Vive tu Empresa.

]]>
Puntos clave para llenar la nueva Factura Electrónica https://www.vivetuempresa.com/empresa-y-entorno/contabilidad-electronica/puntos-clave-llenar-la-nueva-factura-electronica Tue, 10 Oct 2017 13:00:31 +0000 http://www.vivetuempresa.com/?p=13915 La versión 3.3 de la Factura Electrónica será obligatoria a partir del 1 de diciembre de este año para todos los contribuyentes.

La entrada Puntos clave para llenar la nueva Factura Electrónica aparece primero en Vive tu Empresa.

]]>
El 1 de julio entró en vigor la versión 3.3 de la Factura Electrónica (CFDI). Será obligatoria a partir del 1 de diciembre de este año para todos los contribuyentes, sin importar su monto de ingresos o actividad. Aspel, líder en software administrativo, te recuerda los principales elementos a considerar para el llenado de los CFDI bajo los nuevos criterios señalados por la autoridad fiscal.

  1. Clave de producto o servicio:

    se tendrá que clasificar cada concepto a facturar con base en un catálogo con más de 50 mil claves.

  2. Unidad de medida de productos y servicios: se tendrá que asignar a cada producto o servicio que se comercializa, la unidad de medida que le corresponda con base en el catálogo proporcionado.
  3. RFC emisor y receptor: se debe verificar la existencia y la captura correcta del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) del receptor y el tuyo. Esta validación recaerá en quien emita el CFDI y en el Proveedor Autorizado de Certificación (PAC).
  4. Tipo de comprobante: esta versión contemplará el registro de la clave con la que se identifica el tipo de CFDI y el fin administrativo que se le dará; es decir, si representará un ingreso, egreso, un traslado, nómina o pago. De acuerdo con los catálogos del SAT.
  5. Método de pago: deberás hacer referencia si el CFDI está siendo pagado en su totalidad al momento de su emisión, o si será liquidado de manera diferida o en parcialidades. Del método de pago indicado dependerá que se tenga que generar o no un CFDI de Recepción de pagos con posterioridad.
  6. Forma de pago: si el CFDI está siendo pagado en el momento de su emisión, en este campo tendrás que dar cuenta de la forma de pago con la que se adquirieron los bienes o de la prestación de los servicios contenidos en el comprobante.

  7. CFDI relacionados: debe registrarse el folio fiscal y el tipo de relación que el comprobante guarda con respecto a otros comprobantes fiscales emitidos con anterioridad.
  8. Uso o destino del CFDI: debe indicarse en el comprobante el uso que le dará el receptor (adquisición de mercancía, gasto, inversión de activo fijo, etc.).
  9. Impuestos y descuentos: Cada concepto del comprobante requiere el desglose de los descuentos e impuestos involucrados.
  10. Reglas para el registro de información: los comprobantes deberán cumplir con nuevas y múltiples validaciones aritméticas, de congruencia y de operación para poder ser timbrados por el PAC.

 

La entrada Puntos clave para llenar la nueva Factura Electrónica aparece primero en Vive tu Empresa.

]]>
Conoce por qué el SAT realizó cambios a la factura electrónica https://www.vivetuempresa.com/empresa-y-entorno/contabilidad-electronica/conoce-sat-realizo-cambios-la-factura-electronica Wed, 31 May 2017 16:17:40 +0000 http://www.mediosfiscaleselectronicos.com/?p=1581 Estos son los cambios que entrarán en vigor a partir de junio.

La entrada Conoce por qué el SAT realizó cambios a la factura electrónica aparece primero en Vive tu Empresa.

]]>
La factura electrónica opera en México desde 2011 y desde entonces no se han actualizado en su estructura.

Desde entonces, el Servicio de Administración Tributaria ha identificado diferentes problemas en el registro y presentación de la información mediante las declaraciones y facturas electrónicas.

Debido a estos problemas que encontraron, el SAT decidió actualizar el Anexo 20 en su versión 3.3, lo que permitirá tener una recolección de datos de mayor calidad, contar con información uniforme y al mismo tiempo simplificar, automatizar e integrar los procesos administrativos y fiscales de los contribuyentes.

Esta actualización engloba:

  • Una nueva versión de Factura Electrónica 3.3
  • Nuevo Documento de Nómina
  • Nuevos Documentos de Pagos
  • Cambio a la estructura del CFDI de Retenciones

Después de que el SAT realizó un diagnóstico de la estructura original de los CFDIs que se utilizan actualmente, se encontraron varios rubros que no cumplen con los requisitos que la autoridad fiscal necesita y las siguientes problemáticas:

Registro de Moneda no uniforme

Es un campo de texto libre y no cuenta con un catálogo establecido, por ello, los contribuyentes tenían la libertad de registrar el tipo de moneda utilizada en la transacción; como consecuencia se encontraron discrepancias en el llenado de la información.

Por ejemplo, en el registro de Moneda Nacional, algunos contribuyentes lo describían como “Moneda Nacional”, otros como “Pesos Mexicanos” y algunos simplemente ponían “Pesos”.

Con estas variaciones la autoridad fiscal estaba impedida a contar con información uniforme, así como un fácil manejo y control de la información.

Campos con longitudes abiertas

Las facturas electrónicas cuentan con campos abiertos, donde el contribuyente tiene que colocar el tipo de productos enajenados o bien, describir la transacción a realizar.

Muchos contribuyentes utilizan estos campos para registrar una descripción de los productos o inclusive poner el contrato entre enajenante y comprador.

Fechas no asociadas a la zona horaria

Este campo tampoco se llena de manera uniforme entre los contribuyentes, ya que algunos pueden registrar hasta la fracción de segundo en el que se está generando la factura.

Otra diferencia encontrada durante el diagnóstico de los Comprobantes Fiscales Digitales es la diferencia entre los cambios de horario y el momento de la emisión de dichas facturas. Por ejemplo, las facturas emitidas en Quintana Roo durante el horario de verano tienen una hora de diferencia con las emitidas en otros estados. Cuando los Proveedores Autorizados de Certificación reciben este tipo de facturas, podría considerarse como mal generadas por la discrepancia en el horario.

Especificación de importes con cantidades incorrectas

Actualmente las cantidades puestas en las Facturas Electrónicas no se verifican por la autoridad fiscal, lo que da como resultado importes no congruentes y errores de cálculo en los impuestos trasladados y retenidos.

RFC del receptor no está registrado con el SAT

Este punto se da más en el caso de la Nómina, ya que no se verifica si el RFC del receptor está registrado ante el Servicio de Administración Tributaria, por lo que las facturas generadas pueden estar emitidas a un destinatario inexistente.

Registro de país no uniforme

Al igual que con el registro de moneda, el registro de país también es un campo de texto libre, donde los contribuyentes tienen la libertad de registrar el nombre del país a su consideración, por lo que el asentamiento de este campo se realiza de manera irregular.

Por ejemplo, mientras que algunos contribuyentes escriben en el campo de País “México”, otros escriben “MEX” y otros “Estados Unidos de México”

Al introducir catálogos para este tipo de campos, permitirá que la autoridad fiscal cuente con información uniforme y fácil de analizar

Actualmente la Factura Electrónica más simple (la que no incluye impuestos trasladados ni retenidos), tiene para su emisión, como requisito mínimo, el registro de 17 campos; la nueva Factura Electrónica requerirá únicamente que se registren 14.

En esta nueva versión del CFDI no se exigirá información adicional a la que no se tiene actualmente en las operaciones comerciales.

La entrada Conoce por qué el SAT realizó cambios a la factura electrónica aparece primero en Vive tu Empresa.

]]>
Actualiza tu empresa y adéntrate a la economía digital https://www.vivetuempresa.com/empresa-y-entorno/contabilidad-electronica/actualiza-empresa-adentrate-la-economia-digital Wed, 24 May 2017 13:00:58 +0000 http://www.mediosfiscaleselectronicos.com/?p=1591 La economía digital está creciendo enormemente, según analistas de la industria, en un solo día se crean por lo menos 2.5 billones de bytes de datos.

La entrada Actualiza tu empresa y adéntrate a la economía digital aparece primero en Vive tu Empresa.

]]>
La economía digital está creciendo enormemente, según analistas de la industria, en un solo día se crean por lo menos 2.5 billones de bytes de datos, de los cuales el 90% se ha creado en los últimos dos años.

Es por ello que la digitalización de documentos es la estrategia más importante que las empresas deben adoptar para poder competir en esta era de negocios digitales.

Para saber si tu negocio está preparado para hacer ese salto a la era digital, deberás saber las carencias que tiene tu empresa y saber los beneficios que te dará la digitalización en tu situación actual.

Si tienes todos o la mayoría de tus archivos o documentos indispensables en papel, te has preguntado que, en caso de tener una auditoría ¿podrías encontrar todos los documentos necesarios en cuestión de segundos? También ponte a pensar, si ocurre un desastre natural, ¿tu estrategia actual respaldaría tu negocio?

Por estas razones y más, deberás dar el salto a la era digital y así reducir costos y cumplir con las expectativas de tus clientes y socios.

En México, la mayoría de las empresas siguen teniendo sus documentos en papel, pero con todos los avances tecnológicos, es cada vez más difícil que se separe el mundo físico del virtual, así que es urgente que las empresas se adecuen a esta evolución lo antes posible.

Las empresas mexicanas deben asimilar que las aplicaciones empresariales facilitan el intercambio de información y documentos, lo que mejorará las relaciones con los socios comerciales, las interacciones y al necesitar hacer cambios a estos documentos, lo podrán hacer desde cualquier lugar, con cualquier dispositivo y en tiempo real.

Además de las facilidades que te dará adentrarte en el mundo digital, también debes tener en cuenta que para cumplir con los altos estándares y reglamentos de las autoridades en cuanto a seguridad, los métodos antiguos son insuficientes y caóticos.

Así que es momento para convertir a tu empresa en pionera de innovación y comenzar a reemplazar los métodos obsoletos y adoptar la tecnología lo antes posible para comenzar a disfrutar de sus beneficios.

Aunque estemos viviendo en un mundo digitalizado, las percepciones son inciertas y no se tiene una idea clara de qué se debe hacer o cómo hacerlo. Una encuesta de Accenture, llamada CEO-Briefing Competing in a Digital World, preguntó a un grupo de empresarios su opinión sobre la digitalización, el 52% espera una transformación completa en su industria, donde el beneficio sería maximizar la eficiencia de las operaciones y mejorar la experiencia de los clientes.

Los empresarios y jefes de negocios, deben concentrarse más en los ahorros que podrían tener a partir de la digitalización de las empresas, en vez de sus ganancias y el retorno de inversión que tendrán al implementar esta estrategia.

Dicha encuesta también arrojó que es muy importante mejorar la eficiencia de las operaciones, lo que se lograría digitalizando los documentos.

La mayoría de empresarios no aplican esta estrategia debido a que tienen desconocimientos en su implementación y no cuentan con el personal adecuado o recursos necesarios para llevarlo de manera exitosa, pero más que ver esto como un obstáculo, deben tener en cuenta que es un elemento esencial el cual entregará grandes resultados a largo plazo.

La entrada Actualiza tu empresa y adéntrate a la economía digital aparece primero en Vive tu Empresa.

]]>
Los 4 cambios fiscales para no perder de vista y prever en 2017 https://www.vivetuempresa.com/empresa-y-entorno/contabilidad-electronica/los-4-cambios-fiscales-no-perder-vista-prever-2017 Tue, 23 May 2017 13:00:12 +0000 http://www.mediosfiscaleselectronicos.com/?p=1584 Este año tiene grandes cambios fiscales que, tanto los contadores como los empresarios, deben prever. ¿Estás enterado que hay que estar listos antes de que inicie junio?

La entrada Los 4 cambios fiscales para no perder de vista y prever en 2017 aparece primero en Vive tu Empresa.

]]>
Por Omar Barrera Dávila

Este año tiene grandes cambios fiscales que, tanto los contadores como los empresarios, deben prever: ¿conoces cuáles son? ¿Sabes en qué consisten? ¿Estás enterado que hay que estar listos antes de que inicie junio?

A continuación, te presentamos 4 de los más significativos cambios y que deberás de tomar en cuenta:

CAMBIO 1: Nueva versión 1.3 Contabilidad Electrónica

La gran mayoría de los contribuyentes estamos obligados a enviar, mes con mes, nuestra Contabilidad Electrónica al SAT. Dependiendo de nuestras obligaciones como Personas Morales o Físicas, entregamos en formato XML nuestra Balanza de Comprobación y el Catálogo de Cuentas, principalmente.

El pasado 6 de enero, el SAT publicó el documento técnico de una nueva versión para generar los 5 XML de la Contabilidad Electrónica. No olvidemos que además de la Balanza y el Catálogo, hay tres archivos adicionales: auxiliares de folios, auxiliar de cuentas y pólizas que la autoridad pide en caso de que haya solicitud de devolución de impuestos por parte del contribuyente o necesite verificar detalles de las operaciones.

Este documento lo conocemos como Anexo 24 y ahí se hace la descripción de la información a incluir en los archivos de la Contabilidad Electrónica en su nueva versión, la 1.3.

El cambio más importante consiste en especificar el método de cobro, ya sea cheque, transferencia electrónica u otro, en las pólizas de ingresos. Antes este dato sólo se informaba en las pólizas de egresos como el “método de pago”. Ahora deberá hacerse en las dos: ingresos y egresos.

En la práctica, implica adjuntar en las pólizas los XML de las facturas que aparan las operaciones de ingresos y egresos; lo cual significa mayor trabajo administrativo para las empresas y sus áreas contables ya que, en primer lugar, deberán contar con todos los XML de sus comprobantes y, en segundo término, verificar que incluya el método de pago o cobro y este sea el correcto y coincida con las pólizas.

De no cuidar estos detalles, estaríamos entregando información incompleta al SAT y no cumpliríamos con los requisitos de la versión 1.3 de Contabilidad Electrónica estando en riesgo de una posible revisión o sanción.

La disposición inicia el 1 de junio de este año. Hay tiempo de prepararse y sumarse con anticipación al cambio, haciendo los ajustes necesarios.

 

CAMBIO 2: Nuevo CFDI Complemento de Recepción de pagos

En la actividad de emitir y recibir facturas electrónicas se suma este nuevo complemento, dirigido principalmente a controlar las operaciones pagadas en parcialidades, en una sola exhibición y que no hayan sido cubiertas al momento de emitir el comprobante y a crédito pagadas en fecha posterior a la emisión del CFDI.

Inicialmente, se conocía como Complemento de Pago; pero ante las dudas que despertaba su uso la autoridad decidió hacer un cambio y hoy lo conocemos como Complemento de Recepción de Pagos. Su fundamento legal se establece en el Artículo 29 del Código Fiscal de la Federación (CFF).

Sus funciones:

  • Comprobar uno o varios pagos realizados a una o más facturas.

Adicionalmente, es un complemento de CFDI que ayuda a comprobar uno o varios pagos realizados a una o más facturas, facilitar la conciliación de las facturas versus pagos, evitar la cancelación indebida de facturas pagadas y elimina la duplicidad de ingresos en facturación de parcialidades.

Existen dos escenarios en donde estaríamos obligados a usarlo:

  1. Operaciones a pagar en una sola exhibición y el mismo día, pero por diferentes circunstancias nuestro cliente realiza el pago días después. En esos casos, debemos emitir otro CFDI en ceros e incorporar el complemento con la información del pago.
  2. Operaciones a pagar en diferentes parcialidades. En estos casos deberá emitirse un CFDI por el monto total y otros por cada parcialidad, en ceros e integrando el complemento con la información del pago.

A fin de sumarse a esta nueva disposición, tener claro que el uso del CFDI Complemento de Recepción de pagos inicia el 1 de julio de este año.

CAMBIO 3: Facturación electrónica 3.3

¿Por qué cambia nuevamente la manera de hacer nuestras facturas electrónicas y recibos de nómina? El SAT detectó áreas de mejora en la versión actual del Anexo 20, la 3.2; y se contará con información más precisa.

Los cambios centrales consideran la eliminación de atributos del domicilio para el receptor y sólo se necesitará el RFC de este; habrá cálculo de impuestos por cada concepto, se elimina la posibilidad de capturar valores en cero y números negativos, se incluye el uso de varios catálogos: moneda y régimen fiscal, entre otros; se aplican reglas de validación para la información, por ejemplo: el RFC del receptor al momento de emitir el CFDI, ya sea una factura o un recibo de nómina; y en el caso del extranjero, será importante el país de residencia fiscal y el número de registro de entidad tributaria.

En el caso de la factura electrónica entra en vigor la nueva versión 3.3 que contempla, entre otras cosas, 22 nuevos campos, 14 de estos requeridos para una factura electrónica simple; uso de plantillas para estandarizar la captura de información; 46 reglas de validación y 17 nuevos catálogos; destacando el de Productos y Servicios, que es uno de los más complejos porque será requisito obligatorio especificar el tipo de producto o servicio que se factura en el comprobante, conforme al concepto más adecuado de un catálogo de productos y servicios que propone el SAT.

La versión 3.3 de la Factura Electrónica entra en vigor el 1 de julio de este año, así que habrá que prepararse para esta disposición.

CAMBIO 4: Cancelación de CFDI con aceptación del Receptor

La cancelación de facturas electrónicas (CFDI), a partir de este año deberán contar con la aprobación del receptor. De acuerdo con las modificaciones al Artículo 29-A del CFF, y a las reglas incluidas en la Miscelánea Fiscal 2017.

A partir del 1 de julio, las facturas electrónicas sólo podrán ser canceladas cuando el receptor acepte dicha revocación.

Esta modificación al esquema tradicional de cancelación de CFDI, responde a que el SAT ha recibido quejas y denuncias de contribuyentes que reportan cancelaciones arbitrarias de sus comprobantes digitales por parte de sus respectivos proveedores. Entonces así se busca:

  • Evitar que los emisores cancelen CFDI sin autorización del emisor.
  • Los receptores tengan la tranquilidad de ser notificados en caso de requerirse cancelar algún CFDI.

Sólo habría que cuidar, de acuerdo con la nueva disposición publicada el pasado 23 de diciembre como parte de la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2017 y su Anexo 19, cuando exista una cancelación tendrá que enviarse una solicitud al receptor a través de Buzón Tributario; y para aceptar o rechazar ésta se hace indispensable dicho buzón y deberá manifestarse la cancelación a más tardar en las siguientes 72 horas.

Así el 2017: ¡lo mejor estar informado y conocer más a fondo estos cambios!

La entrada Los 4 cambios fiscales para no perder de vista y prever en 2017 aparece primero en Vive tu Empresa.

]]>
Principales cambios de la Factura Electrónica y sus beneficios https://www.vivetuempresa.com/empresa-y-entorno/contabilidad-electronica/principales-cambios-la-factura-electronica-beneficios Fri, 19 May 2017 19:37:56 +0000 http://www.mediosfiscaleselectronicos.com/?p=1578 El objetivo de cambiar la estructura de la Factura Electrónica es que se cuente con datos uniformes que sean procesables.

La entrada Principales cambios de la Factura Electrónica y sus beneficios aparece primero en Vive tu Empresa.

]]>
El objetivo de cambiar la estructura de la Factura Electrónica y dar paso a la introducción de plantillas y catálogos, es que el Servicio de Administración Tributaria cuente con datos uniformes que sean procesables y permitan a la autoridad fiscal identificar fácilmente al contribuyente emisor, así como la transacción.

En esta versión 3.3 de la Factura Electrónica, los campos donde la información a registrar son números, dejarán de ser de texto libre, convirtiéndose exclusivamente en numéricos.

El uso de plantillas en las Facturas Electrónicas hará que el registro de información sea más fácil para el contribuyente y hará los datos más gestionables para el SAT. Por ejemplo, en el campo Fecha, se aplicará el uso de plantillas, lo cual asegurará que todas las facturas tengan la fecha y hora bajo la misma estructura establecida.

Serán 46 diferentes reglas de validación, lo que asegurará la congruencia de los datos incorporados en las Facturas Electrónicas.

También se utilizarán 17 catálogos, los cuales harán el registro de datos más preciso en los campos como moneda, estados y régimen fiscal.

La mayoría de estos catálogos están basados en códigos ISO, mismos que son aceptados internacionalmente.

Catálogos introducidos

  1. Aduana
  2. País
  3. Código Postal
  4. Moneda
  5. Clave Prod Serv
  6. Clave Unidad
  7. Forma Pago
  8. Impuesto
  9. Método Pago
  10. Patente Aduanal
  11. Régimen Fiscal
  12. Tasa O Cuota
  13. Tipo Factor
  14. Tipo Relación
  15. Tipo De Comprobante
  16. Uso CFDI
  17. Num Pedimento Aduana

Todos los Identificadores Fiscales Receptores deberán cumplir con el formato oficial y serán validados por el Proveedor Autorizado de Certificación del contribuyente emisor.

Si se trata de un receptor extranjero, se validará la existencia del Identificador Fiscal mediante un catálogo del SAT.

También se validará que todos los RFCs receptores mexicanos estén registrados ante el SAT, a través de un listado que ofrecerán las autoridades a los Proveedores Autorizados de Certificación. Este listado se renovará todos los días de forma automática.

Con estas nuevas reglas para el registro de Facturas Electrónicas, nacerá un tercer tipo de campo de registro.

Actualmente sólo contamos con dos tipos de campos: campos obligatorios y campos opcionales. La actualización al Anexo 20 v. 3.3 introduce los campos condicionales, los cuales dependerán de otra información. Por ejemplo, si en el campo Tipo de Cambio se registra el valor en USD, en el campo condicional se deberá de asentar el Tipo de Cambio publicado por el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación.

En las nuevas Facturas Electrónicas, se hará uso de las zonas horarias, las cuales estarán basadas en el Código Postal del emisor, lo que le permitirá a la autoridad fiscal conocer el momento exacto en el que se generó la factura.

Los Proveedores Autorizados de Certificación deberán validar el Régimen Fiscal del Contribuyente emisor mediante un catálogo. Este será otro campo condicionado, si el contribuyente tiene un solo régimen, el registro de este campo es opcional. Pero, en caso de que el contribuyente cuente con dos regímenes, es necesario especificar a qué régimen pertenece la factura emitida.

Por otra parte, se hará una homologación de las cantidades e importes registrados. Cuando se establezca en la factura el tipo de moneda que se está utilizando, los importes deben ser asentados hasta la cantidad de decimales que soporte la moneda, para después ser redondeados y calculados.

Con esta actualización, todos los importes deberán de ser positivos, actualmente se ven importes negativos en las percepciones y deducciones de la nómina, lo cual no será posible con esta nueva actualización.

Asimismo, con la actualización, también se creará un nuevo Comprobante de Nómina, al cual se le agregarán nuevos elementos para registrar información como el subsidio para el empleo y otros conceptos que no tienen que ser sumados para determinar el ISR a retener.

También se agregará al Comprobante de Nómina, un campo en donde se podrán registrar las retenciones que se hicieron a los empleados en exceso así como su devolución.

Debido a la información obtenida de estos comprobantes, en un futuro  ya no será necesario presentar la Declaración Informativa Múltiple.

Beneficios

La nueva actualización a las Facturas Electrónicas, simplificarán las obligaciones fiscales, lo que disminuirá la carga administrativa tributaria de los contribuyentes.

Muchas declaraciones que actualmente son obligatorias, como la Declaración Informativa Múltiple, dejarán de existir gracias a la calidad de los datos recolectados de las Facturas Electrónicas, teniendo así un sistema de recaudación fácil y transparente.

Mientras las declaraciones que sigan existiendo tendrán información pre-llenada, lo que hará que los contribuyentes ahorren tiempo y recursos humanos.

La información recabada mediante los CFDIs será de mejor calidad y con mayor consistencia, lo que hará que el manejo y la interpretación de datos por parte de la autoridad fiscal sea mejor. Esto ayudará también a identificar evasores fiscales y disminuirá el número de auditorías.

Estas reglas y validaciones eliminarán el rechazo de las facturas por parte del SAT y los Proveedores Autorizados de Certificación, lo que hará que los procesos transaccionales sean más rápidos y seguros.

La entrada Principales cambios de la Factura Electrónica y sus beneficios aparece primero en Vive tu Empresa.

]]>
¿Cuáles son mis obligaciones fiscales si tengo un negocio? https://www.vivetuempresa.com/empresa-y-entorno/contabilidad-electronica/cuales-son-mis-obligaciones-fiscales-si-tengo-un-negocio Thu, 24 Nov 2016 14:26:15 +0000 http://www.empresayentorno.com/?p=4135 Uno de los factores clave para el desarrollo de un negocio es estar al día con los deberes tributarios, ya que ignorarlos puede provocar desequilibrios por las actualizaciones, recargos y multas generadas. Además, procurar la legalidad en los procesos internos y externos mejora las posibilidades de mantener e incrementar la productividad de la organización, haciéndola más competitiva.

La entrada ¿Cuáles son mis obligaciones fiscales si tengo un negocio? aparece primero en Vive tu Empresa.

]]>
Por: Gilberto Sánchez, Director General de Aspel

El cumplimiento de las obligaciones fiscales no sólo proporciona tranquilidad, también produce un impacto positivo en el crecimiento de las empresas. Conoce los trámites que debes realizar en tiempo y forma para estar al corriente con la autoridad.

Uno de los factores clave para el desarrollo de un negocio es estar al día con los deberes tributarios, ya que ignorarlos puede provocar desequilibrios por las actualizaciones, recargos y multas generadas. Además, procurar la legalidad en los procesos internos y externos mejora las posibilidades de mantener e incrementar la productividad de la organización, haciéndola más competitiva.

Para muchos empresarios, estar al corriente con el fisco puede parecer una tarea complicada; sin embargo, actualmente la mayoría de los trámites se realiza de forma electrónica, lo que permite ahorrar tiempo, disminuir costos, llevar un buen control financiero y tener acceso a los beneficios que la tecnología otorga.

En general, estos son los requerimientos que se deben tomar en cuenta al abrir un negocio para estar alineado con la legislación fiscal vigente:

Darte de alta 

La primera obligación fiscal es inscribirte en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y mantener actualizados tus datos.

Presentar declaraciones

Mensualmente debes presentar la declaración de Impuesto Sobre la Renta (ISR), la de Impuesto al Valor Agregado (IVA), la de retenciones de IVA e ISR, la de Información de Operaciones con Terceros (DIOT), la de impuestos locales; y anualmente las declaraciones de IVA e ISR y la Informativa Múltiple (DIM).

Facturar electrónicamente

Todos los contribuyentes están obligados a emitir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) para realizar las deducciones correspondientes, por lo que las facturas en papel ya no son válidas. Para expedir CFDI necesitas tu Firma Electrónica (FIEL), el Certificado de Sello Digital (CSD) y una solución tecnológica que automatice la generación, envío y almacenamiento de las facturas electrónicas.

Emitir recibos de nómina electrónicos

Todas las empresas que pagan sueldos, salarios e ingresos asimilados a sus trabajadores, deben expedir CFDI por los pagos que realicen.

Llevar contabilidad electrónica

Se trata de enviar tu información contable al Servicio de Administración Tributaria (SAT) por medios electrónicos, es decir, debes generar los archivos XML de la balanza de comprobación, catálogo de cuentas, pólizas y auxiliares de cuenta para entregarlos a la autoridad fiscal a través de su página de Internet en los tiempos establecidos.

Recuerda que cumplir con tus obligaciones frente al fisco te permitirá demostrar la solidez de tu compañía, conocer la situación financiera de tu empresa en cualquier momento para tomar decisiones oportunas y lo más importante: tener en orden tu situación fiscal te permitirá enfocarte en tu principal objetivo, que es hacer que tu negocio funcione y crezca.

La entrada ¿Cuáles son mis obligaciones fiscales si tengo un negocio? aparece primero en Vive tu Empresa.

]]>
Facilita el envío de tu Contabilidad por medio de un Prestador de Servicios de Recepción de Documentos Digitales (PPSRDD) https://www.vivetuempresa.com/empresa-y-entorno/contabilidad-electronica/facilita-el-envio-de-tu-contabilidad-por-medio-de-un-prestador-de-servicios-de-recepcion-de-documentos-digitales-ppsrdd Mon, 16 May 2016 15:37:17 +0000 http://www.empresayentorno.com/?p=4121 Para el Servicio de Administración Tributaria es importante facilitar a los contribuyentes la realización de cualquier tipo de trámite que éstos tengan que efectuar. Esto es principalmente con el fin de acabar con la evasión fiscal por completo. Para lograr dicho objetivo, uno de los múltiples servicios que ofrece el SAT es el Prestador de Servicios de Recepción de Documentos Digitales, el cual fue creado recientemente debido a la frecuente saturación de la página de internet que el tráfico de usuarios generaba.

La entrada Facilita el envío de tu Contabilidad por medio de un Prestador de Servicios de Recepción de Documentos Digitales (PPSRDD) aparece primero en Vive tu Empresa.

]]>
Para el Servicio de Administración Tributaria es importante facilitar a los contribuyentes la realización de cualquier tipo de trámite que éstos tengan que efectuar. Esto es principalmente con el fin de acabar con la evasión fiscal por completo. Para lograr dicho objetivo, uno de los múltiples servicios que ofrece el SAT es el Prestador de Servicios de Recepción de Documentos Digitales, el cual fue creado recientemente debido a la frecuente saturación de la página de internet que el tráfico de usuarios generaba.

Por ello, la autoridad fiscal convocó a los Proveedores Autorizados de Certificación a ser parte de este nuevo sistema que permitirá y agilizará la recepción de documentos de los contribuyentes en formato digital. Asimismo, esta información se hará válida para que posteriormente se le otorgue un folio que ayudará a identificar el contenido y sellarán la información con una firma digital por parte del Servicio de Administración Tributaria. Para finalizar, el contribuyente será notificado a través de un acuse de recibo o de rechazo dependiendo el caso.

Además, las personas morales tendrán la posibilidad de fungir como Prestador de Servicios de Recepción de Documentos Digitales por medio del trámite 176/CFF. Para que sus peticiones sean consideradas, tendrán que:

  • Estar al día con sus obligaciones fiscales.
  • Contar con un capital suscrito y pagado de mínimo 10 millones de pesos.
  • Emitir los estados financieros para efectos fiscales.
  • Cumplir con la protección de datos personales de la información adquirida y conservarlos por tres meses.
  • Proporcionar los acuses electrónicos.

Actualmente se está trabajando para lograr que los Proveedores Autorizados de Certificación en este año puedan ser receptores tanto de declaraciones de IVA como de contabilidad electrónica, declaraciones anuales y pagos provisionales.

Fuente: Guía Definitiva para la Contabilidad Electrónica

La entrada Facilita el envío de tu Contabilidad por medio de un Prestador de Servicios de Recepción de Documentos Digitales (PPSRDD) aparece primero en Vive tu Empresa.

]]>
¿Cuándo enviar o presentar los archivos XML? https://www.vivetuempresa.com/empresa-y-entorno/facturacion-electronica/cuando-enviar-o-presentar-los-archivos-xml Wed, 11 May 2016 13:53:42 +0000 http://www.empresayentorno.com/?p=4083 Ahora que sabes cómo realizar los archivos XML y todos los elementos que debe de llevar, el siguiente paso es aprender cuándo se debe de enviar o presentar dicho archivo, a continuación te lo explicamos.

La entrada ¿Cuándo enviar o presentar los archivos XML? aparece primero en Vive tu Empresa.

]]>
Ahora que sabes cómo realizar los archivos XML y todos los elementos que debe de llevar, el siguiente paso es aprender cuándo se debe de enviar o presentar dicho archivo, a continuación te lo explicamos.

El Código Fiscal de la Federación en su Artículo 38, Fracción IV, establece que, mensualmente, los contribuyentes deberán ingresar su información contable a través de la página de internet del Servicio de Administración Tributaria, esto se deberá hacer conforme a las reglas emitidas para tal efecto.

Se deberá enviar a través del Buzón Tributario, pero para hacerlo correctamente, primero se debe de saber con qué periodicidad y cuáles son los plazos para mandarlo. Todo depende del tipo de contribuyente, así se verá la periodicidad, pero también la obligación.

Contribuyente obligado Obligación Periodo de cumplimiento del primer envío

 

·      Sector financiero

·      Personas morales y personas físicas con ingresos acumulables iguales o mayores a 4 millones de pesos del ejercicio 2013.

 

·      Catálogo de cuentas con código agrupador.

·      Balanza de comprobación.

 

A más tardar el 30 de abril de 2015 la información de enero y febrero de 2015.

 

 

·      Sector financiero y personas morales con ingresos acumulables iguales o mayores a 4 millones de pesos del ejercicio 2013.

 

 

·      Pólizas del periodo y sus auxiliares de cuenta y folios fiscales.

 

A partir del tres de septiembre de 2015, a solicitud de la autoridad fiscal, de la información correspondiente a julio de 2015.

 

·      Contribuyentes cuyos ingresos acumulables sean inferiores a 4 millones de pesos correspondientes al ejercicio 2013.

·      Contribuyentes dedicados a las actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas o de pesca que cumplan con sus obligaciones fiscales en los términos del Título II, Capítulo VIII de la Ley del ISR.

·      Las personas morales a que se refiere el Título III de la Ley del ISR.

·      Contribuyentes que se inscriban al RFC durante el ejercicio 2014 ó 2015.

·      A partir del primer día del mes siguiente a aquel en que se inscribieron al RFC, aquellos contribuyentes que se inscriban a partir del 1 de enero de 2016.

·      Personas físicas para el caso de pólizas.

 

·      Catálogo de cuentas con código agrupador.

 

·      Balanza de comprobación.

 

·      Pólizas del periodo y sus auxiliares de cuenta y folios fiscales.

 

 

A más tardar el tres y siete de marzo de 2016.

Para las pólizas del periodo y sus auxiliares de cuenta y folios fiscales posteriores a la fecha antes señalada a solicitud de la autoridad fiscal.

*Tabla obtenida de la Guía Definitiva para la Contabilidad Electrónica

Para los plazos del envío de contabilidad mensual a través del Buzón Tributario. Se deberá tomar en cuenta lo siguiente:

  • Para el envío de catálogo de cuentas:
    • Se tiene que enviar por primera vez cuando se entregue la balanza de comprobación.
    • Cuando se hagan modificaciones en el catálogo, se debe de enviar a más tardar con la balanza de comprobación de ese mes.
  • Para la balanza de comprobación mensual:
    • Para las personas morales, se debe de enviar a más tardar en los primeros tres días pasando el segundo mes al que corresponde la información.
    • Para las personas físicas, se debe de enviar a más tardar en los primeros cinco días pasando el segundo mes al que corresponde la información.
    • Si son contribuyentes emisores de valores que cotizan en la bolsa de valores concesionados, se enviará la información por cada trimestre:
Meses Plazo
Enero, febrero y marzo 3 de mayo
Abril, mayo y junio 3 de agosto
Julio, agosto y septiembre 3 de noviembre
Octubre, noviembre y diciembre 3 de marzo
  • Para personas morales y físicas dedicadas a las actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas o de pesca con pagos provisionales semestrales, se deberá enviar de forma semestral a más tardar dentro de los tres y cinco primeros días del segundo mes posterior al último mes reportado en el semestre.
  • Para la balanza de comprobación anual:
    • Para personas morales, se deberá enviar a más tardar el 20 de abril del año siguiente al ejercicio que corresponda.
    • Para personas físicas, se deberá enviar a más tardar el 22 de mayo del año siguiente al ejercicio que corresponda.

Es importante seguir las normativas para presentar los datos correspondientes ante el Sistema de Atención Tributaria, de esta manera se podrá tener todo en control y cumplir con la ley.

Fuente: Guía Definitiva para la Contabilidad Electrónica

La entrada ¿Cuándo enviar o presentar los archivos XML? aparece primero en Vive tu Empresa.

]]>