Ley del Impuesto sobre la Renta Archivos - Vive tu Empresa Todo para tu empresa y desarrollo empresarial Wed, 01 Feb 2017 19:42:36 +0000 es hourly 1 Nuevas disposiciones para facturar electrónicamente en 2012 https://www.vivetuempresa.com/empresa-y-entorno/facturacion-electronica/nuevas-disposiciones-para-facturar-electronicamente-en-2012 https://www.vivetuempresa.com/empresa-y-entorno/facturacion-electronica/nuevas-disposiciones-para-facturar-electronicamente-en-2012#respond Fri, 16 Mar 2012 19:18:59 +0000 http://www.empresayentorno.com/?p=488 Con el objetivo de simplificar la dinámica entre los contribuyentes y de que sea más sencillo utilizar y sumarse a la Factura Electrónica, este 2012 aplican nuevas disposiciones para este esquema; el cual, dicho sea de paso, es el definitivo y oficial en México cuando se habla de comprobación fiscal.

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Por Omar Barrera
omar.barrera@contpaqi.com

Con el objetivo de simplificar la dinámica entre los contribuyentes y de que sea más sencillo utilizar y sumarse a la Factura Electrónica, este 2012 aplican nuevas disposiciones para este esquema; el cual, dicho sea de paso, es el definitivo y oficial en México cuando se habla de comprobación fiscal.

De acuerdo con datos del Servicio de Administración Tributaria (SAT), anteriormente existían 158 disposiciones a cumplir para estar en la facturación electrónica, y ahora el contribuyente únicamente estará atendiendo 22.

De acuerdo con este organismo, debido a la existencia de una gran cantidad de requisitos que no tenían sentido y que algunos contribuyentes estaban incluyendo en sus comprobantes, se tomó la decisión de hacer más sencilla la emisión de Facturas Electrónicas.

Entre los principales cambios están la inclusión de:

  1. RFC de los contribuyentes: el RFC se convierte en el eje y fundamento de todas las operaciones, por tal motivo las facturas electrónicas deberán incluir este dato al momento de ser emitidas y entregadas, omitiendo el nombre o denominación social del contribuyente que lo expide, así como su domicilio fiscal.
  2. Régimen fiscal: conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta, los comprobantes deben incluir el régimen fiscal del contribuyente.
  3. Forma de pago: también debe especificarse si el pago fue en efectivo, transferencia electrónica o cheques.
  4. Unidad de medida: incluir la unidad de medida; es decir, expresar la cantidad y la clase de bienes, mercancías o servicio, detallando si son kilos, litros, metros, lotes, atados, entre otros.

Estas nuevas disposiciones ya fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 12 de diciembre de 2011, y desde el 1 de enero de este año los usuarios de la Factura Electrónica deben incorporar estos cambios en la emisión de sus comprobantes.

Para facilitar este cambio, el SAT estableció un periodo de transición de seis meses (del 1 de enero al 30 de junio de 2012) para que los contribuyentes hagan las adecuaciones de manera planeada.

4 versiones de la Factura Electrónica

Esto implica que durante el primer semestre de 2012, los contribuyentes pueden emitir y recibir Facturas Electrónicas, ya sea CFD o CFDI, en 4 versiones: 2.0 y 2.2 para CFD, y 3.0 y 3.2 para CFDI.

Segunda parte

Este periodo únicamente considera la prórroga otorgada por el SAT para que los contribuyentes que ya emiten Factura Electrónica hagan el cambio a la nueva versión de comprobantes fiscales digitales, pues a partir del 1 de julio de este año los esquemas definitivos serán las versiones 2.2 y 3.2, para CFD y CFDI, respectivamente.

En ese sentido, los contribuyentes que ya emiten Factura Electrónica, y aquéllos que desean sumarse a este esquema a través de un software empresarial, deben incluir:

  1. Los cambios aprobados, y de este modo garantizar la validez de sus facturas electrónicas.
  2. Que reciba y emita las cuatro versiones de la Factura Electrónica.
  3. Que el Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) esté autorizado para emitir la versión 3.2 de CFDI.

La recomendación es atender los cambios lo más pronto posible, acatando las nuevas disposiciones; y los contribuyentes que ya emiten facturas electrónicas, y aquéllos que deseen sumarse a este esquema mediante el uso de un software empresarial deberán estar seguros de que éste incluya los cambios aprobados, y, de este modo, garantizar la validez de sus comprobantes fiscales digitales.

Aplican la tecnología para adoptar FE

Si eres un contribuyente que ya factura electrónicamente, o ya decidiste hacerlo, considera que un software empresarial es la mejor herramienta para atender esta disposición oficial; incluyendo las nuevas disposiciones.

Revisa que tu proveedor de software incluya las siguientes características:

ü Emisión de facturas electrónicas de acuerdo con las últimas disposiciones oficiales: inclusión de RFC, régimen fiscal, método de pago y unidad de medida.

ü En el caso del PAC, que cuente con la autorización del SAT para timbrar CFDI, en su versión 3.2.

Además de beneficios adicionales como:

  1. Aviso de Cancelación al SAT del CFDI de manera automática desde nuestro software, sin necesidad de visitar el sitio web de este organismo.
  2. Visualización del CFDI antes de timbrarlo y así validar los datos de las facturas electrónicas, evitando una cancelación por algún error.
  3. Almacén Digital para archivar y validar las facturas electrónicas emitidas y recibidas.

Beneficios de la Facturación Electrónica

  1. Digitalización de la empresa, mejor estrategia para atender las nuevas disposiciones en Factura Electrónica.
  2. Atienden nuevas disposiciones en Factura Electrónica a través del software empresarial.
  3. Software empresarial, facilita la adopción y atención de nuevas disposiciones de Factura Electrónica.
  4. Recomiendan atender nuevas disposiciones en Factura Electrónica a través de un software empresarial.

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Ahorro voluntario https://www.vivetuempresa.com/empresa-y-entorno/afore/ahorro-voluntario https://www.vivetuempresa.com/empresa-y-entorno/afore/ahorro-voluntario#respond Mon, 12 Mar 2012 18:18:57 +0000 http://www.suplementosar.com/?p=15 La AFORE es uno de los instrumentos más rentables para realizar aportaciones de ahorro voluntario. Mientras que en los últimos tres años las AFOREs han dado rendimientos del 13%, un depósito de ahorro ha dado en promedio 0.85% (es correcto, menos de un punto porcentual de rendimiento); una cuenta de cheques poco más del 2% y un pagaré a 28 días a penas alcanza 3.6% de rendimiento.

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La AFORE es uno de los instrumentos más rentables para realizar aportaciones de ahorro voluntario. Mientras que en los últimos tres años las AFOREs han dado rendimientos del 13%, un depósito de ahorro ha dado en promedio 0.85% (es correcto, menos de un punto porcentual de rendimiento); una cuenta de cheques poco más del 2% y un pagaré a 28 días a penas alcanza 3.6% de rendimiento.

Es así que las AFOREs son uno de los instrumentos de inversión más rentables que existen en todo el sistema financiero mexicano. Además, a diferencia de otras opciones de inversión, no existen montos mínimos que sea necesario ahorrar para acceder a los altos rendimientos. Tampoco existen montos máximos de depósito. Y se trata de esquemas sumamente flexibles, es decir, no siempre tienes que depositar la misma cantidad sino que depende de tus posibilidades. Además, el tiempo de depósito depende del fin para el cual se estén ahorrando los recursos.

Si el recurso se va a utilizar en el corto plazo, el ahorro y sus rendimientos se pueden retirar cada dos o seis meses, dependiendo de la AFORE en la cual se haya hecho el depósito. Si los recursos se van a requerir en el mediano plazo, se puede acceder a un importante beneficio fiscal que requiere dejar el dinero invertido al menos cinco años.

En este caso, la Ley del Impuesto Sobre la Renta permite un diferimiento de hasta $152,000 pesos en el pago de ISR, y se garantiza que al momento de realizarse dicho pago postergado se pagará la menor tasa que haya existido en ese lapso. Y en caso de que los recursos se estén ahorrando para el momento del retiro (Aportaciones complementarias de retiro), existe un beneficio aún mayor ya que aquí si se trata de una exención fiscal de hasta $112, 194.00 pesos.

Además, podemos tener plena garantía de una absoluta transparencia en el manejo e inversión de nuestros recursos, ya que en el estado de cuenta vendrá en porcentaje y en pesos y centavos toda la información sobre los recursos aportados, el rendimiento y la comisión.

En el Sistema de Ahorro para el Retiro, a diferencia de otros esquemas de inversión, sólo se permite el cobro de una comisión, es decir, no hay cobros adicionales ni ocultos y las comisiones son difundidas de manera clara y transparente, tanto en los estados de cuenta como en la página de Internet de la CONSAR www.consar.gob.mx. Si deseas más información sobre este tema, te recomendamos contactar a tu AFORE a fin de que te proponga un plan de ahorro voluntario de acuerdo con tus objetivos y posibilidades.

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Antes de contratar un seguro… https://www.vivetuempresa.com/empresa-y-entorno/seguros-y-fianzas/lo-que-debes-saber-antes-de-contratar-un-seguro https://www.vivetuempresa.com/empresa-y-entorno/seguros-y-fianzas/lo-que-debes-saber-antes-de-contratar-un-seguro#respond Fri, 07 Oct 2011 21:30:48 +0000 http://www.aseguresufuturonline.com/?p=245 Vivir con la tranquilidad de que tu familia y tu patrimonio están protegidos es algo invaluable. Sabemos que conoces la importancia de tener un seguro, por eso te brindamos la información necesaria para que puedas tomar decisiones informadas y elegir siempre la mejor opción.

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Vivir con la tranquilidad de que tu familia y tu patrimonio están protegidos es algo invaluable. Sabemos que conoces la importancia de tener un seguro, por eso te brindamos la información necesaria para que puedas tomar decisiones informadas y elegir siempre la mejor opción.

Antes de contratar un seguro es primordial que solicites la orientación de un Asesor Profesional de Seguros. Contrata sólo con compañías legalmente establecidas para operar en México, de otra manera, la autoridad no podrá darte su respaldo.

Las compañías autorizadas puedes consultarlas en www.cnsf.gob.mx.

Sobre el seguro de salud

-El costo del seguro puede variar por compañía de acuerdo con el sexo, edad y ocupación del asegurado.

-Elije el seguro que mejor se adapte a tus necesidades de protección.

-En algunos casos, será necesario que el interesado en adquirir un seguro llene una solicitud y/o un cuestionario médico de carácter legal que cambiará según la necesidad de información de cada aseguradora, los cuales permitirán cuantificar el monto de la prima. Recuerda que la compañía podrá rescindir el contrato en caso de declaraciones falsas u omisiones de información.

-La forma tradicional de pago es anual, pero también se ofrecen alternativas mensuales, trimestrales o semestrales con un recargo por pago fraccionado; algunas compañías ofrecen servicio del cargo automático a tarjeta de crédito y cuenta de cheques.

-Pregunta todas tus dudas sobre:

¿Qué es lo que cubre?

¿Existen periodos de espera?

¿Qué es lo que no cubre? (Exclusiones)

¿Qué servicios de asistencia ofrece? (Centro de atención telefónica, ambulancias, tarjetas de descuento, entre otros)

Alcance geográfico de la cobertura.

¿Hasta qué límites responde la compañía?

Qué trámites son necesarios para obtener el servicio.

A qué hospitales, médicos, laboratorios u otros servicios puede acudir.

¿Dónde y cómo solicitar atención telefónica en caso de requerirla?

 

-Es muy importante que leas toda la documentación que se te entrega. Verifica que todos los datos sean correctos: nombre, apellidos, edad, coberturas y sumas aseguradas contratadas, así como el monto de la prima.

Si existe algún error cuentas con 30 días para pedir su corrección, una vez transcurrido este periodo los datos del contrato serán considerados correctos y aceptados.

-Guarda la póliza y los documentos que la complementan en un lugar seguro y accesible a alguna persona de confianza e infórmale a tus familiares que cuentas con el seguro.

-No olvides las fechas de pago de las primas, ya que la falta de pago puntual puede ocasionar la cancelación del seguro y la protección que éste ofrece.

-Ten a la mano la credencial que te identifica como asegurado y el teléfono de la aseguradora para cualquier emergencia.

-Al asegurarte con alguna compañía, considera la conveniencia de renovar y mantener tu seguro vigente con dicha institución, ya que al cambiarte a otra aseguradora puedes perder ciertos derechos y beneficios adquiridos.

-Recuerda que todas las primas de las pólizas de las Instituciones de Seguros, legalmente establecidas en territorio mexicano, son deducibles de impuestos. (Ley del Impuesto Sobre la Renta, Art. 109).

-No olvides que todos los gastos médicos a cargo del asegurado, por ejemplo deducibles, coaseguro, copagos y gastos médicos no cubiertos en la póliza, son deducibles de impuestos.

Fuente:

Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS)

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