Tránsito Archivos - Vive tu Empresa Todo para tu empresa y desarrollo empresarial Wed, 29 Nov 2017 00:44:38 +0000 es hourly 1 Otras opciones para transportarte en la CDMX https://www.vivetuempresa.com/tiempo-libre/cdmx/otras-opciones-transportarte-la-cdmx Wed, 29 Nov 2017 00:44:38 +0000 http://www.vivetuempresa.com/?p=14113 Comienza el tráfico navideño y con él el estrés, por eso te damos estas opciones para transportarte en la CDMX

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Además de evitar el tránsito de la ciudad, encontrar otra manera de transportarte también es una buena forma de poner tu granito de arena para ayudar al medio ambiente.  Además, gracias a los avances tecnológicos ahora es posible tener acceso a ellos con un solo click.

A continuación, te dejamos algunas opciones que también te serán de gran ayuda los días que tu coche no circule.

1. Moovit

Esta aplicación te ayudará a moverte como pez en el agua en el transporte urbano. Esta aplicación te proporciona toda la información que necesitas para poder llegar a cualquier lugar por medio de cualquier transporte público. Lo mejor es que funciona en distintas partes del mundo.

2. Ecobici

Seguramente alguna vez has utilizado una Ecobici o por lo menos sabes dónde se encuentran las estaciones de estás bicicletas. Esta aplicación te informará si hay elementos disponibles en tu módulo más cercano y te ayuda a encontrar la mejor ruta para desplazarte.

3. Econduce

Se trata de motonetas que te permiten desplazarte más rápidamente. También cuentan con una aplicación que te permite localizar las estaciones más cercanas e inclusive te reserva por tiempo limitado un scooter.

Así que ahora conoces más alternativas para desplazarte y de esta forma ayudarás al medio ambiente y disfrutarás más tu tiempo desplazándote en la ciudad.

 

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EcoTAG, un paso más hacia la movilidad sustentable de la CDMX https://www.vivetuempresa.com/actualidad/empresas-socialmente-responsables/ecotag-paso-mas-hacia-la-movilidad-sustentable-la-cdmx Wed, 14 Jun 2017 19:00:01 +0000 http://www.vivetuempresa.com/?p=13375 Incentivan la conciencia ambiental de los capitalinos con un descuento de 20%.

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Los usuarios de autos híbridos y eléctricos dispondrán de un EcoTAG a través del cual gozarán de una tarifa 20% menor a la establecida cuando transiten por las autopistas urbanas concesionadas de la Ciudad de México.

El descuento aplicará en la Autopista Urbana Norte y Autopista Urbana Poniente, ambas concesionadas a OHL México, así como en la Autopista Urbana Sur, del grupo Ideal.

Las tres vías también han reducido la emisión de 71 mil toneladas de CO2 anuales al medio ambiente y disminuido hasta en 50% el tiempo de los recorridos a los diferentes puntos de la Ciudad de México.

Cómo obtenerlo

El EcoTAG es gratuito y puede solicitarse en cualquier Centro de Atención a Clientes Televía, a través del call center 52658855 o en la página de internet, dando click en el botón verde de hasta abajo “¡Quiero un EcoTAG Televía!”.

 

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Google Maps regresa a Apple https://www.vivetuempresa.com/actualidad/empresa/google-maps-regresa-a-apple https://www.vivetuempresa.com/actualidad/empresa/google-maps-regresa-a-apple#respond Thu, 13 Dec 2012 17:27:17 +0000 http://www.empresayentorno.com/?p=1142 Google Maps ha sido rediseñada en su totalidad con el fin de hacer de su utilización “una experiencia intuitiva”.

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AHMAD FAIZAL YAHYA / Shutterstock.com

Google anunció que su aplicación de mapas para móviles ya se encuentra disponible para su descarga en productos Apple con sistema operativo iOS 5.1 o superiro en 40 países y 29 idiomas.

De acuerdo con la oficina del buscador en México, Google Maps ha sido rediseñada en su totalidad con el fin de hacer de su utilización “una experiencia intuitiva”.

La aplicación contará con funciones como “una hoja de información expandible en la parte inferior” donde se mostrarán horarios, reseñas, imágenes y direcciones de lugares como restaurantes, bares, cafeterías, etc.

Además, incluye navegación “calle por calle” dirigida por voz,  condiciones de tránsito, información de transporte público, entre otras.

Cabe aclarar que no todas las funciones de la aplicación están disponibles en todos los países.

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¿Sabes qué sanciones ameritan la remisión de tu vehículo al depósito? https://www.vivetuempresa.com/tiempo-libre/cdmx/sabes-que-sanciones-ameritan-la-remision-de-tu-vehiculo-al-deposito https://www.vivetuempresa.com/tiempo-libre/cdmx/sabes-que-sanciones-ameritan-la-remision-de-tu-vehiculo-al-deposito#comments Wed, 07 Nov 2012 20:57:33 +0000 http://www.empresayentorno.com/?p=1048 Para que no te amedrenten con llevar tu auto al corralón si infringiste el Reglamento de Tránsito, te dejamos las sanciones que sí estipulan el arrastre al depósito.

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Los vehículos que circulan por el DF y su área conurbada están sujetos al Reglamento de Tránsito Metropolitano, publicado en 2007; pero ¿sabes qué artículos de este Reglamento sancionan a los automovilistas con la remisión de su vehículo al depósito?

Aquí te dejamos un listado con las faltas que te harán ir a recoger tu auto al corralón:

Artículo 5º

Fracción I: Los conductores deben circular con licencia o permiso vigente.

Fracción II: Los conductores deben portar la tarjeta de circulación original del vehículo.

Fracción VII: Tratándose de vehículos con placas de matrícula extranjera, los conductores deben portar los documentos oficiales en los que se describan las características del vehículo y se acredite la legal estancia en el país.

(La sanción por el incumplimiento de estas obligaciones es de multa equivalente a 10 días de salario mínimo y la remisión del vehículo al depósito).

Artículo 6º

Fracción II: Se prohíbe a los conductores circular en carriles de contraflujo y carriles confinados, excepto cuando conduzcan vehículos autorizados para ello.

Fracción VI: Se prohíbe a los conductores circular en carriles exclusivos para el transporte público de pasajeros.

Fracción XIII: Se prohíbe a los conductores utilizar o instalar sistemas antirradares o detectores de radares de velocidad.

Fracción XV: Se prohíbe a los conductores dar vuelta a la izquierda, derecha o en “U” cuando se interfieran los corredores del Metrobús, salvo que exista señalamiento que lo permita.

Fracción XVI: Se prohíbe a los conductores transitar en ciclovías y ciclocarriles.

(La sanción por el incumplimiento de estas obligaciones es de multa equivalente a 40 días de salario mínimo y la remisión del vehículo al depósito).

Artículo 7º

Los conductores deberán acatar los programas ambientales y no circular en vehículos que tengan restricciones, los días y horas correspondientes.

(La sanción por el incumplimiento de estas obligaciones es de multa equivalente a 20 días de salario mínimo y la remisión del vehículo al depósito).

Artículo 12

Se prohíbe estacionar cualquier vehículo en (Fracción I) vías primarias, (II)           zonas o vías públicas donde exista señalización vial restrictiva, (III) vías públicas en doble o más filas y en batería, salvo que el señalamiento lo permita, (IV) en lugares donde se obstruya la visibilidad de señales de tránsito, (V) en lugares destinados al estacionamiento momentáneo de vehículos de traslado de valores, identificados con la señalización respectiva, (VI) en carriles exclusivos para el transporte colectivo de pasajeros, (VII) en zonas autorizadas para carga y descarga, cuando éste no sea su fin, (VIII) en accesos y salidas, áreas de circulación y zonas de ascenso y descenso de pasaje en las terminales del Metro, (IX) sobre banquetas, rampas, camellones, andadores, retornos, isletas u otras vías y espacios reservados a peatones y ciclistas, (X) frente a bancos, hidrantes, entradas y salidas de vehículos de emergencia, rampas para discapacitados y frente a entradas de vehículos salvo que sea la del domicilio propio siempre y cuando no obstruya el paso peatonal, (XI) fuera de un cajón de estacionamiento, (XII) sobre o debajo de cualquier puente o estructura elevada de una vía pública o en el interior de un túnel, (XIII) en un tramo menor a 5 metros de la entrada de una estación de vehículos de emergencia y menor a 10 metros de cualquier cruce ferroviario y (XIV) en lugares destinados al estacionamiento para personas con discapacidad.

(La sanción por el incumplimiento de estas obligaciones es de multa equivalente de 10 a 15 días de salario mínimo y la remisión del vehículo al depósito).

Artículo 14

Fracción I: En las vías públicas está prohibido efectuar reparaciones a vehículos, salvo en caso de emergencia.

(La sanción por el incumplimiento de esta obligación es de multa equivalente a 5 días de salario mínimo y la remisión del vehículo al depósito).

Fracción IV: Está prohibido abandonar vehículos en las vías públicas.

(La sanción por el incumplimiento de esta obligación es de multa equivalente a 10 días de salario mínimo y la remisión del vehículo al depósito).

Fracción VI: Está prohibido organizar o participar en competencias vehiculares de alta velocidad o “arrancones”.

(La sanción por el incumplimiento de esta obligación es de arresto administrativo inconmutable de 20 a 36 horas y la remisión del vehículo al depósito).

Artículo 17

Los vehículos automotores sólo pueden circular con (I) placas de matrícula, permiso provisional vigentes, copia certificada o constancia de hechos y deberán estar colocadas en el lugar destinado por el fabricante del vehículo, encontrarse libres de cualquier objeto o sustancia que dificulte u obstruya su visibilidad, coincidir con la calcomanía permanente de circulación, con la tarjeta de circulación y con los registros de Control Vehicular y tener la dimensión y características que especifique la NOM respectiva; (II) deberán tener la calcomanía de circulación; (III) el holograma de verificación vigente y (IV) contar con la autorización, calcomanía o distintivo en caso de vehículos conducidos por discapacitados.

(La sanción por el incumplimiento de estas obligaciones es de multa equivalente a 20 días de salario mínimo y la remisión del vehículo al depósito).

Artículo 19

Fracción I: Se prohíbe instalar o utilizar –en vehículos particulares– cromáticas iguales o similares a las del transporte público, patrullas o vehículos de emergencia.

Fracción II: Se prohíbe instalar o utilizar dispositivos similares a los utilizados por vehículos policiales o de emergencia.

Fracción VII: Se prohíbe instalar películas de seguridad, control solar (polarizado) u oscurecimiento de vidrios en un porcentaje del 5 o 20 por ciento en parabrisas o vidrios de puertas delanteras.

(La sanción por el incumplimiento de estas obligaciones es de multa equivalente a 20 días de salario mínimo y la remisión del vehículo al depósito).

Artículo 30

Fracción IX: Se prohíbe a los motociclistas rebasar los límites de velocidad previstos.

(La sanción por el incumplimiento de esta obligación es de multa equivalente a 10 días de salario mínimo y la remisión del vehículo al depósito).

Artículo 31

Queda prohibido conducir cuando se tenga una cantidad de alcohol en la sangre superior a 0.8 gramos por litro o de alcohol en aire expirado superior a 0.4 miligramos por litro o bajo el influjo de narcóticos.

(La sanción por el incumplimiento de esta obligación es de arresto administrativo inconmutable de 20 a 36 horas y la remisión del vehículo al depósito, salvo que alguien más pueda conducir).

Si quieres conocer todo el Reglamento de Tránsito Metropolitano –que sería lo ideal– puedes entrar a

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