Declaración Anual Archivos - Vive tu Empresa Todo para tu empresa y desarrollo empresarial Wed, 15 Feb 2017 18:56:46 +0000 es hourly 1 Por qué te conviene hacer tu declaración si eres asalariado https://www.vivetuempresa.com/empresa-y-entorno/facturacion-electronica/declaracionsat https://www.vivetuempresa.com/empresa-y-entorno/facturacion-electronica/declaracionsat#respond Tue, 05 May 2015 15:21:25 +0000 http://www.empresayentorno.com/?p=2341 Si no estás obligado a presentar tu declaración anual de impuestos, deberías considerar los beneficios de deducir algunos gastos.

La entrada Por qué te conviene hacer tu declaración si eres asalariado aparece primero en Vive tu Empresa.

]]>
Por Denise Ramírez | Dinero en Imagen

Se acerca de nuevo esa época del año en que las personas físicas deberán rendir cuentas al SAT y aunque muchos trabajadores asalariados no están obligados a hacer su declaración anual, existen beneficios para quienes la presenten.

Vayamos por partes. Antes que nada hay que especificar tres puntos: La declaración corresponde al ejercicio fiscal de 2014; la fecha límite para presentarla es el 30 de abril y los asalariados que SÍ ESTÁN OBLIGADOS a presentarla son los siguientes:

  • Los que hayan trabajados para dos o más patrones
  • Los que hayan tenido ingresos iguales o mayores 400,000 pesos al año
  • Los que hayan tenido ingresos acumulables por honorarios, arrendamiento y/o actividad empresarial
  • Los que hayan tenido ingresos por enajenación y adquisición de bienes, dividendos, premios

Si no cumples con lo anterior, estás exento de presentar tu declaración, pero quizás hiciste algunos gastos que puedes hacer deducibles de impuestos, lo que quiere decir que el SAT puede regresarte algo de ese dinero.

¿Qué puedo deducir?

—> Gastos que pagues con medios de transferencia electrónica y sean por:Honorarios médicos y dentales. Compra de lentes ópticos graduados hasta por 2,500 pesos. Primas por seguros de gastos médicos pagados de cualquier forma, que cubra compra o alquiler de aparatos para rehabilitación, medicinas que expidan hospitales, honorarios a enfermeras, análisis, estudios clínicos o prótesis.

—> Colegiaturas en instituciones educativas privadas con validez oficial de estudios, y cuyos pagos sean por medios de transferencia electrónica. A continuación los montos máximos por nivel:

  • Preescolar: 14,200 pesos
  • Primaria: 12,900 pesos
  • Secundaria: 19,900 pesos
  • Profesional Técnico: 17,100 pesos
  • Bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos

—>Gastos funerarios

—>Donativos a instituciones autorizadas

—> Intereses reales pagados por créditos hipotecarios para casa habitación. “Esto quiere decir que si pagas una tasa de 15% y ese año la inflación es de 5%, los intereses reales son del 10%”, ejemplifica Raymundo Tenorio, director de las carreras de Economía de la Escuela de Negocios del Tecnológico de Monterrey Campus Santa Fe.

—> Aportaciones complementarias de retiro para planes personales o a la subcuenta de aportaciones voluntarias de las Afores

—> Impuestos locales por salarios, cuya tasa no exceda 5%.

Con las modificaciones hechas en la reforma fiscal, este año sólo se podrá hacer deducible un monto que sea equivalente al 10% de los ingresos totales del asalariado o hasta 4 salarios mínimos anualizados, lo que resulte menor”, asegura el doctor Raymundo Tenorio.

El académico propone como ejemplo el siguiente: “Alguien que haya tenido ingresos anuales por 450,000 pesos, sólo podrá hacer deducible hasta 45,000 pesos, lo que quiere decir que puede esperar una devolución de alrededor de 8,400 pesos”.

¿Qué necesitas?

Si eres trabajador asalariado sólo necesitas comprobantes fiscales de tus deducciones personales, ya sea recibos de honorarios o facturas y constancias de remuneraciones y retenciones.

EL DATO: A más tardar en diciembre debes (o debiste) pedir a tu patrón una constancia de retenciones donde se detalla el monto de los pagos y retenciones que efectuó el patrón durante el año. Dicho documento debe entregarlo el empleador a más tardar el 28 de febrero.

Aquí puedes checar los pasos a seguir para hacer la declaración por tu cuenta pero ¡OJO! también puedes obtener impuesto a cargo, lo que quiere decir que le debes al SAT, pero si obtienes saldo a favor y solicitas tu devolución debes indicar cuál es tu Banco y tu CLABE interbancaria.

De acuerdo con el SAT, si percibes ingresos por salarios puedes obtener tu devolución en sólo cinco días.

La entrada Por qué te conviene hacer tu declaración si eres asalariado aparece primero en Vive tu Empresa.

]]>
https://www.vivetuempresa.com/empresa-y-entorno/facturacion-electronica/declaracionsat/feed 0
El SAT a un clic https://www.vivetuempresa.com/finanzas/sat/el-sat-a-un-clic https://www.vivetuempresa.com/finanzas/sat/el-sat-a-un-clic#respond Mon, 23 Jul 2012 17:29:37 +0000 http://www.empresayentorno.com/?p=698 Ahora, prácticamente todos los servicios que ofrece el SAT pueden hacerse por Internet, en cualquier momento, sin filas, sin papel, y de manera más fácil y rápida.

La entrada El SAT a un clic aparece primero en Vive tu Empresa.

]]>
Ahora, prácticamente todos los servicios que ofrece el SAT pueden hacerse por Internet, en cualquier momento, sin filas, sin papel, y de manera más fácil y rápida. Los contribuyentes ya no tienen que desplazarse para hacer sus trámites; incluso pueden recibir orientación por medios remotos, a través de teléfono, chat, redes sociales o directamente en el portal de Internet del Servicio de Administración Tributaria.

Utilizar los servicios por Internet genera ahorro de tiempo y recursos en beneficio de los ciudadanos, disminuye además la afluencia a las oficinas del SAT, beneficiando a los contribuyentes que acuden por orientación, ya que encuentran mayor disponibilidad de citas y se les brinda un mejor y más efectivo servicio.

Para hacer los trámites desde Internet, los contribuyentes sólo necesitan Firma Electrónica Avanzada o su Clave de Identificación Electrónica Confidencial, e ingresar al portal de Internet del SAT.

Los servicios más recientes que los contribuyentes pueden hacer por Internet son:

  • Cambio de domicilio fiscal 

El cambio de domicilio se puede hacer en cualquier momento por Internet. Esto elimina por completo el uso de documentos en papel, ya que se envían archivos electrónicos. En un máximo de cinco días hábiles se recibe respuesta a través de correo electrónico y en la sección personal de Mi Portal.

  • Solicitud de devolución por Internet

Las devoluciones de impuestos también se pueden solicitar a través de Internet, sin presentar anexos, copias y dispositivos magnéticos con información de proveedores y pedimentos para devoluciones de IVA.

De esta manera, la solicitud de devolución de impuestos se hace de manera segura, con documentos electrónicos, y se eliminan errores en la presentación de la solicitud de devolución, ya que las validaciones se hacen en línea.

  • Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales

Antes, quien quería vender o prestar servicios al gobierno, obtener algún estímulo fiscal o tramitar un subsidio, tenía que esperar hasta 20 días para recibir una constancia de que estaba al corriente con sus obligaciones fiscales; previamente tenía que haber ido a una oficina del SAT, con su respectivo formato.

Ahora, obtiene la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en línea, de forma inmediata.

  • Pago con tarjeta de crédito

Un nuevo servicio a disposición del contribuyente es el pago de impuestos con tarjeta de crédito a través de Internet. Está disponible en Banamex para prácticamente todos los pagos de impuestos; en Banorte para el pago de impuestos derivados de la Declaración Anual, y pagos mensuales y definitivos, y en BBVA Bancomer para el pago de impuestos derivados de la Declaración Anual.

Esto permite financiarse con el crédito que proporcionan los bancos y no genera ningún costo adicional al contribuyente.

Para el pago con tarjeta, el límite está definido por el crédito que tenga cada contribuyente y se puede hacer a través del portal del banco. Además, los contribuyentes también pueden pagar con transferencia electrónica.

Estos servicios se suman a otros como la inscripción o la presentación de las declaraciones mensuales y anuales que en su mayoría, casi 100%, se presentan por Internet.

Bookmark and Share

La entrada El SAT a un clic aparece primero en Vive tu Empresa.

]]>
https://www.vivetuempresa.com/finanzas/sat/el-sat-a-un-clic/feed 0