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Contabilidad Electrónica

Puntos clave para llenar la nueva Factura Electrónica

La versión 3.3 de la Factura Electrónica será obligatoria a partir del 1 de diciembre de este año para todos los contribuyentes.

El 1 de julio entró en vigor la versión 3.3 de la Factura Electrónica (CFDI). Será obligatoria a partir del 1 de diciembre de este año para todos los contribuyentes, sin importar su monto de ingresos o actividad. Aspel, líder en software administrativo, te recuerda los principales elementos a considerar para el llenado de los CFDI bajo los nuevos criterios señalados por la autoridad fiscal.

  1. Clave de producto o servicio:

    se tendrá que clasificar cada concepto a facturar con base en un catálogo con más de 50 mil claves.

  2. Unidad de medida de productos y servicios: se tendrá que asignar a cada producto o servicio que se comercializa, la unidad de medida que le corresponda con base en el catálogo proporcionado.
  3. RFC emisor y receptor: se debe verificar la existencia y la captura correcta del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) del receptor y el tuyo. Esta validación recaerá en quien emita el CFDI y en el Proveedor Autorizado de Certificación (PAC).
  4. Tipo de comprobante: esta versión contemplará el registro de la clave con la que se identifica el tipo de CFDI y el fin administrativo que se le dará; es decir, si representará un ingreso, egreso, un traslado, nómina o pago. De acuerdo con los catálogos del SAT.
  5. Método de pago: deberás hacer referencia si el CFDI está siendo pagado en su totalidad al momento de su emisión, o si será liquidado de manera diferida o en parcialidades. Del método de pago indicado dependerá que se tenga que generar o no un CFDI de Recepción de pagos con posterioridad.
  6. Forma de pago: si el CFDI está siendo pagado en el momento de su emisión, en este campo tendrás que dar cuenta de la forma de pago con la que se adquirieron los bienes o de la prestación de los servicios contenidos en el comprobante.

  7. CFDI relacionados: debe registrarse el folio fiscal y el tipo de relación que el comprobante guarda con respecto a otros comprobantes fiscales emitidos con anterioridad.
  8. Uso o destino del CFDI: debe indicarse en el comprobante el uso que le dará el receptor (adquisición de mercancía, gasto, inversión de activo fijo, etc.).
  9. Impuestos y descuentos: Cada concepto del comprobante requiere el desglose de los descuentos e impuestos involucrados.
  10. Reglas para el registro de información: los comprobantes deberán cumplir con nuevas y múltiples validaciones aritméticas, de congruencia y de operación para poder ser timbrados por el PAC.

 

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VTE

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